En el capítulo XXIV de “El capital”, Marx expone que un ser humano es considerado esclavo sólo bajo determinadas condiciones, de manera similar a cómo una máquina de hilar se convierte en capital sólo bajo condiciones específicas. En su esencia, una máquina de hilar es un invento extraordinario que aumenta la productividad del trabajo y, por ende, amplía el potencial de descanso e inversión en tiempo ‘creativo’. Sin embargo, en el contexto capitalista de producción, la máquina de hilar se convierte en el instrumento más poderoso para extender la jornada laboral y acelerar el ritmo de trabajo. En sí misma, tal máquina representa una especie de liberación para la humanidad, pero bajo las condiciones capitalistas, impone al ser humano el yugo de las fuerzas económicas y, esencialmente, su función es crear ganancias. Este análisis de Marx aplica no sólo en la maquinaria productiva sino también en las personas que, bajo ciertas relaciones económicas, se convierten en esclavas; y también aplica en el aparato jurídico y en las relaciones sociales.
Siguiendo tal lógica, el Estado y sus leyes pierden el objetivo primordial de construir una sociedad, en el sentido originario de la palabra: una agrupación de seres humanos que comparten instituciones sociales, interactuando entre sí para alcanzar los objetivos que beneficien a la comunidad en general. El Estado se considera la institución social fundamental, o una de las instituciones fundamentales, para asegurar el adecuado funcionamiento del sistema legal. Tales objetivos fijados para conseguir el bien común son olvidados una vez que se establece la sociedad capitalista; el proyecto político de la Ilustración que buscaba un espacio público ciudadano en el que se discutieran los asuntos de la sociedad fue restablecido, su lugar es ocupado por poderosas empresas privadas que no se sujetan a ninguna ley del Estado. El destino de los pueblos no se decide en asambleas y parlamentos ciudadanos, sino que se limita a seguir el rumbo que dicte la necesidad de ganancia de un grupúsculo capitalista que tiene la capacidad efectiva para condicionar a la mayoría de la población, por ejemplo a través de la pauperización de las condiciones laborales, de la extracción de recursos o de la explotación de mano de obra infantil.
Dado que los derechos humanos son cohartados en el sistema económico de hoy, éstos han sido menospreciados e, incluso, acusados de actuar, casi por sí mismos, en defensa de los grandes capitales. Sin embargo, la cuestión de que el derecho no funcione de manera adecuada en condiciones capitalistas de producción, o se convierta en una herramienta de dominación para las élites más poderosas, no implica que el derecho esté “viciado” desde su origen o que sea erróneo bajo cualquier circunstancia. De hecho, se podría argumentar que las leyes deben considerarse como fundamento de la libertad que, si se convierten en un instrumento dictatorial del poder bajo condiciones capitalistas, no se debe a su naturaleza intrínseca, sino a su impracticabilidad en tales condiciones. De modo que en el capitalismo, en general, no se hacen efectivas las leyes en favor de la justicia. Por ello, en lugar de censurar al derecho en sí, es necesario censurar al capitalismo, ya que éste impide casi siempre el correcto funcionamiento del derecho.
Resulta importante, pues, resaltar el rechazo al capitalismo, no enfocar nuestra atención en aspectos del derecho “siniestros por naturaleza”. En ocasiones, se utiliza al derecho, la democracia o la razón occidental para justificar atrocidades como la invasión de Irak. No obstante, esto no demuestra que el derecho posea una faceta criminal u oscura, lo único que revela es que los capitalistas, los mayores criminales del mundo, son también mentirosos, capaces de engañar con una fuerte dosis de propaganda (que siempre puede ser comprada), haciéndonos creer que una invasión criminal, terrorista y genocida se llevó a cabo en conformidad con el derecho y en aras de expandir la democracia. No obstante, las leyes no tiene la culpa de que se les crea. Es cierto que nuestro sistema jurídico puede presentar numerosas deficiencias e incluso ser una mera fachada de justicia; pero sus defectos pueden ser corregidos desde una crítica racional, no tendenciosa; es decir, cuestionarlo siempre en favor del establecimiento de la justicia, no en favor de su eliminación.
*Con autorización del Centro Mexicano de Estudios Económicos y Sociales
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